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SITP Sindicato Interempresa Trabajadores CTC S.A. PDF Imprimir E-Mail
Escrito por Administrator   
Estimados socios/as:

Durante lo que va del año, han ocurrido algunos hechos que  consideramos de importancia y que tienen relación dos cuestiones importantes  para todos: la estabilidad laboral y los incentivos.

En efecto, el primero de ellos que ha afectado y está afectando  a un poco más de un centenar de trabajadores de Telefónica Chile. Las razones  declaradas por la Administración van desde que se "trataría de ajustes normales  a toda organización", "reestructuración organizacional", "desempeño" hasta  "necesidades presupuestarias".

Dos de nuestros colegas socios del Sindicato han sido  despedidos. El primero de ellos por tener dos años consecutivos calificación de  "mal desempeño" por parte de su jefe directo y el otro por ser él "menos mejor"  dentro de su unidad organizativa.
Lo anteriormente señalado, nos debe poner en alerta respecto  del llamado "Sistema de Evaluación del Desempeño" que puede decidir nuestro  futuro laboral sobre la base de la particular opinión del trabajador que el  "jefe oficial" a nombrado como jefe de un grupo de trabajadores. Más aún, no  sólo no es remunerado por su trabajo de "gestión de personal" sino que le  transfiere decisiones importantes como calificar el desempeño de un grupo de  trabajadores en circunstancias que muchos de ellos poca claridad del "Sistema de  Desarrollo de Personas".

Esperamos este año abrir una discusión extensa con la  Administración respecto del sistema señalado, con el objeto que la referencia de  "lo esperado de cada cargo" como desempeño sea de conocimiento público y cuente  con una instancia de apelación que de garantías al trabajador en su reclamo.

Por otra parte y como todos nos hemos percatado, se ha pagado  el Incentivo por Cumplimiento de Objetivos correspondiente al año 2007, monto  cuyo pago definitivo debe ser recalculado a la luz de las cifras definitiva.  Adicionalmente, se pagó un monto compensatorio relacionado con el IPC según lo  establecido en la cláusula 3.2.3 del Convenio Colectivo.

Como señalara la Administración en su comunicado a los  trabajadores, el pago realizado tenía como objetivo dar cumplimiento al plazo  definido en nuestro Convenio Colectivo. Asimismo, dada la complejidad que  significa no sólo la definición sino también la revisión de la coherencia de los  SRV individuales, es que "…con el resultado final de la validación exhaustiva  de los objetivos individuales, en conjunto con el Sindicato, acordaremos la  definición de la metodología a aplicar, lo que podría resultar en ajustes  menores tanto positivos y negativos, lo último en particular a los niveles 19 al  22 que no cuentan con objetivos individuales.

En concreto, luego de la revisión de los Objetivos de Empresa,  sobre todo del CAPEX, la revisión de los SRV individuales que la jefatura de  línea debió haber realizado la semana recién pasada y al hecho que el pago del  Incentivo debe hacerse con estricto cumplimiento del Convenio vigente.

De acuerdo a lo anterior los niveles de cumplimiento son los  informados con el objetivo CAPEX con cumplimiento del 90%. Es decir, los niveles  de cumplimiento son:
 
SRV Empresa:93,37% para los niveles del 19 al 25

SRV Empresa:61,87% para los niveles del 1 al 6. Esto es,  0,6 Rentas Afectas.

SRV Áreas o VP’s:
 

a) Residencial: 91,61%

b) Telefónica Negocios: 91,77%

c) Empresas: 100,51%

d) Reg. May. Y A. Publ.: 108,98%

e) Servicios de Red : 94,46%

f) Servicios Com. Y Adm.: 99,00%

g)Recursos Humanos : 104,52%

h) Control de Gestión : 97,53%

i) Auditoria : 103,43 %

j) Fiscalía : 106,09%

k) Dir. Fin. Y Adm. : 107,64%

l) Dir. Com. Y Resp. Corp. : 106,80%

m)Planif. Estrateg. y Des. Corp.: 99,80%
 

La forma de cálculo referida a las tablas Rentas Afectas/% de  cumplimiento del Convenio Colectivo es:


1.- Niveles 1-6 : 0,6 Rentas Afectas (monto  garantizado).

2.- Niveles 19-22:
 

2.1 : Niveles 19-22 sin SRV :60% Empresa +  40% VP.

Ejemplo de VP Empresas 93,37x0,6  +0,4x100,51=96,22%


De la Tabla para 19-22 da 1,29 RA. (sueldo base + 1/12  gratif. + colación, valores al 31 de Diciembre Del 2007))

3.- Niveles 19-22 con SRV individual: 40%  Empresa + 40% VP + 20% SRV individual


4.-Niveles 23 -25: 40% Empresa + 35% VP +  25% SRV individual.


El pago realizado, según el caso, será mayor o menor al  cancelado el 29 de Febrero. En el caso que sea inferior se deberá pagar este  mes la diferencia a favor. En los casos en que el pago fue mayor al que debe  corresponder según convenio, se procederá a su descuento en una cuota o tres.  Los casos especiales deberán ser presentados a través del Sindicato a la  Administración para ver planes alternativos. Este proceso debe ocurrir hacia  fines de este mes de Marzo.
 
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