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Estimados Socios/as: Respecto del Asunto y al actual escenario inflacionario le informamos lo siguiente:
1. Como es de vuestro conocimiento, este primer semestre del año, el IPC ha superado toda proyección, impactando sobre todo por los altos precios de los combustibles.
2. El IPC acumulado en el primer semestre del año ( Enero a Junio) llegó a un 4,3%.
3. Los mecanismos que implanto La Administración, insertos en los Contratos Colectivos Vigentes y que apuntan a la "defensa de las remuneraciones frente a la inflación", o pérdida de poder adquisitivo, sólo detienen esa pérdida en forma instantánea cada vez que se hace el ajuste al IPC vencido. Luego de ese evento, enseguida se comienza a perder el nivel de remuneración en términos reales.
4. De acuerdo a la visión de parte de La Administración que estratifica a los trabajadores en tres segmentos y que dan origen a lo menos a tres formas de ajuste establecidas en los convenios vigentes:
a)Trabajadores con cargos del 1 al 6 : IPC garantizado con ajuste anual.
b)Trabajadores con cargos del 19 al 22: IPC garantizado con ajuste según inflación acumulada.
c)Trabajadores con cargos del 23 al 25: Sin IPC garantizado
5. Los trabajadores señalados en a) y b) tienen mecanismos de ajuste a IPC vencido. Esto último con la distición de que para los trabajadores cuyos niveles de cargo están entre 19 y 22 se aplica:Si el IPC acumulado entre el período que va de 1° de Julio al 30 de Junio del año siguiente es menor o igual que un 4% se aplica un factor de acuerdo a lo señalado en la cláusula 3.2.3. del contrato colectivo vigente
6. Como lo anterior opera en escenarios de baja inflación, implícitamente está que cuando el IPC acumulado en un semestre supera el 4% se ajustan las remuneraciones, bonos y beneficios en el IPC acumulado del semestre. Es decir, para los trabajadores cuyos niveles del cargo se ubican entre el 19 y 22, deben ver ajustada su remuneración en un 4,3%.
6. Como ajuste general se reajustan a fines de mes los Bonos y beneficios. Además, se ajusta la escala de remuneraciones de referencia.
8. Los trabajadores señalados en c) cuyo cargo se encuentra entre el nivel 23 y el 25 no tiene ajuste de IPC. La regla que se les aplica es la siguiente:
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A pesar de las amenazas de las autoridades gubernamentales sobre todo en un período donde los chilenos tendrán que “apretarse los dientes”. Más allá de las golpizas y detenciones arbitrarias de las fuerzas especiales de carabineros y grupos de vigilantes bancarios ordenadas por el holding Santander España. Pese a las agresiones de todo tipo, incluso sexuales, contra los trabajadores; los seguimientos armados a los dirigentes sindicales, empleados hospitalizados y una huelga de hambre de 6 días.
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Santiago, 18/07/08.- 14 días completó la huelga de los trabajadores de Santander Banefe, en otro capítulo del complejo proceso de negociación que protagonizan, fueron duramente reprimidos por carros lanza aguas y gases lacrimógenos de Fuerzas Especiales de carabineros en las puertas de la casa matriz del Holding Santander, por orden de la gerencia de la empresa.
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